Cálculo rápido importe devolución 7p. ¿Cuanto me devolverán?

 

EL ACTUAL CUADRO SE HA ACTUALIZADO EN POST DE  12 DE OCTUBRE DE 2018.

Adjuntamos a continuación una sencilla tabla visual para calcular a cuanto ascendería la devolución por aplicación de la exención por trabajos realizados en el extranjero (art. 7.p Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

7p

 

De acuerdo con la anterior tabla, un trabajador que ha estado desplazado 6 meses (24 semanas) con un salario anual bruto de 75.000€, tendría derecho a la devolución de 10.250€ en aplicación del 7p. Importe que se incrementaría por el efecto de la progresividad y en función de las circunstancias personales del trabajador.

Como indicábamos, en todo caso debería verificarse el importe final de la devolución, en tanto la presente tabla no distingue entre las distintas CCAA, ni tiene en cuenta resto de rendimientos a declarar, ni la situación familiar preexistente.

Saludos cordiales y muchas gracias por la confianza.

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Qué servicios podemos ofrecerte

Desde hace años, desde Jv-Fex como miembro de la Firma Internacional RSM, venimos prestando, más allá de la divulgación del contenido que se encuentra en el blog, servicios relacionados con la aplicación de la exención por trabajos realizados en el extranjero, así como la gestión de personal desplazado y expatriado.

La pertenencia a la 6ª Firma Internacional de Servicios Profesionales y de Auditoria nos permite asesoramiento global de calidad y confianza, tal como se nos exige desde RSM Internacional.

Con los años, Jv-Fex se ha convertido en firma referente en la aplicación de la exención por trabajos realizados en el extranjero, prestando actualmente los siguientes servicios, tanto a trabajadores como a empresas y grupos internacionales.

Servicios al TRABAJADOR:

  • Preparación de declaraciones de IRPF con aplicación del 7p así como seguimiento posterior del expediente hasta la obtención de la estimación de la aplicabilidad de la exención.
  • Gestión de procedimientos de rectificación de autoliquidación de IRPF de ejercicios no prescritos en aplicación de la exención.
  • Defensa de expedientes en los que el contribuyente ha iniciado la reclamación de la exención, tanto en fase de Gestión Tributaria, en fase Económica-Administrativa o Jurisdiccional, en el caso de ser necesario.
  • Preparación informe y asesoramiento en situaciones de movilidad.
  • Gestión de declaraciones de IRNR (No residentes).

Servicios a la EMPRESA:

  • Implementaciones de políticas internas de aplicación de la exención por trabajos realizados en el extranjero.
  • Seguimiento y asesoramiento en procedimientos de comprobación e inspección tributaria relativos a la aplicación del 7p por parte de la empresa.
  • Revisión de políticas de asignación internacional.
  • Asesoramiento en materia de asignaciones internacional.
  • Soporte gestión mensual exención 7p.
  • Soporte campaña IRPF trabajadores afectados 7p