En las últimas semanas especialmente, la AEAT está enviando de forma masiva requerimientos a los contribuyentes que en 2014 no realizaron declaración de IRPF en España o bien no declararon sus rendimientos obtenidos en el extranjero. Todo ello fruto del intercambio de información entre países.
En muchas ocasiones, estos trabajadores no declararon dichos salarios en tanto aplicaron la exención 7p como consecuencia de su trabajo realizado en el extranjero en favor (empresa que les contrataba) de una empresa no residente.
En relación con estos requerimientos, deseamos que el contribuyente guarde toda la documentación acreditativa de la exención y hubiera podido obtener de su empleador toda aquella información necesaria para poder justificar la aplicación de la exención y sus cálculos.
En caso contrario, delante se va a encontrar con una Administración extremadamente beligerante que, sin temblarle el pulso, procederá a liquidar lo que corresponda sin aplicación de la exención a la vez que posiblemente iniciará expediente sancionador.
Y ya sabemos todos que después del 2014, viene el 2015…. y el 2016… y …
Muchas gracias por toda la confianza que nos depositáis días a día
Jordi Vilardell Casas
Director Jv-Fex