Adjunto nota fiscal realizada por mi compañera Susana Blasco relativa a las novedades introducidas por el RDL 1/2014.
El pasado sábado 25 de enero de 2014, se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 1/2014, de 24 de enero, de reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas, con entrada en vigor el 26 de enero siguiente. http://www.boe.es/boe/dias/2014/01/25/pdfs/BOE-A-2014-747.pdf
La citada norma introduce, entre otras modificaciones, dos medidas fiscales de relevancia, una en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades y la otra en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido, que con carácter general pueden resumirse en los siguientes puntos:
a) Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante IVA). Nuevo supuesto de tributación al tipo reducido del 10%.
De conformidad con la modificación introducida, se reduce la tributación en sede del IVA, del 21% (tipo general) al 10% (tipo reducido), para las importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, así como para las entregas y adquisiciones intracomunitarias de objetos de arte, cuando dicha entrega sea efectuada por sus autores o derechohabientes y empresarios no revendedores con derecho a deducción íntegra del impuesto soportado.
b) Impuesto sobre Sociedades (en adelante IS). Prórroga del tipo de retención a cuenta del IS.
Con el objeto de equiparar el porcentaje de retención o ingreso a cuenta aplicable en el IS, respecto del existente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas para el ejercicio 2014, la norma introduce la correspondiente modificación en la Disposición Adicional decimocuarta del TRLIS prorrogando así la aplicación del porcentaje de retención e ingreso a cuenta del IS del 21 por 100 al ejercicio 2014.